Normas y actos jurídicos

Normas y actos jurídicos
Las normas generales y abstractas: Son obras del Estado, de los Poderes Públicos y principalmente del Poder Legislativo.

Los actos jurídicos: Se refieren a resoluciones humanas singulares y concretas que se expresan de diversa manera. Unas pueden proceder de órganos públicos (sentencias judiciales, actos administrativos, actos notariales...) y otras son obras de particulares (contratos o testamentos).

Los hechos jurídicos: Se refieren a ciertos comportamientos humanos y determinados acontecimientos del mundo natural o social que producen efectos jurídicos.

En la teoría tridimensional del Derecho faltan las relaciones de poder. Relaciones de poder donde se intenta imponer un concepto de derecho que beneficia a determinados grupos sociales. Para ello, utilizamos la reflexión de Pierre Bourdieu. Este autor habla de dos planos del derecho:

El Derecho como discurso: Hace referencia a la dimensión argumentativa de lo jurídico (Derecho entendido como unidad de significación y práctica argumentativa o enunciativa en un contexto de producción).

El Derecho como campo o espacio: Hace referencia a un conjunto o sistema de aparatos e instituciones especializadas que sirven de soporte al Derecho y que también está formado por una red de relaciones y acciones que lo materializan.

No hay Derecho ni discurso jurídico fuera de la red de relaciones en el que se produce. Hay instituciones y actores (sujetos) que lo conforman. Él dice que el Derecho es resultado de luchas que se desarrollan entre agentes especializados. En esa lucha entran en competencia por el monopolio de lo jurídico. Dice, de una manera más clara, que el Derecho es una concurrencia de distintos actores por el derecho a decir lo que es el Derecho. Todos los actores que intervienen se arman para imponer su visión de lo que es el Derecho.

Para Bourdieu el Derecho es una especie de fantasía social a la que se le rodea de prestigio y misterio pero esconde bajo recursos y estrategias de universalización relaciones de dominación, propia de grupos de intereses que se traducen en forma jurídica.

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